Me rindo.
Reservado escribió:Yo de Derecho tengo poca idea. Entiendo que si el juez acepta el acuerdo, es porque entra dentro de la legalidad.
Lo que no me queda claro, es si esto consta con antecedente penal.
Saludos a todos.
Iutuf escribió:Si no tienes pasta ya me diréis cómo puedes resarcir a las víctimas que por lo visto ha sido clave para la sentencia de Plata. Eso sí, sin muertos no creo que nadie acabe en prisión a no ser que sea reincidente.
Blirus escribió:
Si no tienes pasta, a las víctimas les resarce la compañía de seguros del vehículo infractor, la cual se encargará de repetir al conductor ebrio todo lo abonado.
Las víctimas siempre son resarcidas de sus perjuicios.
spirit escribió:En este caso no, porque han dado alcoholemia positiva y el seguro se lava las manos porque es una clausula de exclusión. En el mejor de los casos y después de mucho tiempo cobrarían del consorcio de compensación de seguros pero siempre adelantando ellos las reparaciones y las facturas de hospital. Por eso para las victimas este es un acuerdo muy buen porque van a cobrar rápido y bien
SAN ANTOLIN escribió:q yo no hablo de q le metan preso, hablo de la pena y lo q he dicho desde el primer momento es q igual la sentencia la han hecho pública a medias.
a mí q alguien entienda de derecho o no me da igual, supongo q el q más entiende es el fiscal que pidió 6 meses de cárcel y si tú llegas a un acuerdo en el q salen favorecidos las víctimas y el delincuente pero no la seguridad pública ni el fiscal en su petición me suena a q se ha llegado a un acuerdo injusto para la sociedad o q no se ha hecho público todo el acuerdo.
si me dices q plata en vez de los 2000 euros de multa va a pagar el asfaltado nuevo de todo lópez gómez pues me puede valer, pero el castigo para este muchacho me parece un insulto a las personas de a pie
Blirus escribió:
No es así, Spirit.
Las cláusulas de exclusión de las coberturas de la póliza de seguros son sólo aplicables al asegurado, nunca a terceros perjudicados.
En casos de alcoholemia con daños, materiales o personales, la compañía debe indemnizar a esos terceros y luego repetir, si puede, contra su asegurado.
El Consorcio sólo entra cuando no hay seguro o cuando el infractor es desconocido.
Trabajo, concretamente, en tramitación de accidentes con lesiones dentro de una compañía y esto es así siempre.
Por eso repito lo que dije en otro comentario, las víctimas siempre son resarcidas, y el 99% de las veces, por la compañía de seguros.